Valerma Abogados - El Supremo limita a seis meses la suspensión de pensión por condena penal

El Supremo limita a seis meses la suspensión de pensión por condena penal

El Supremo limita a seis meses la suspensión de pensión por condena penal
Jesús ValderramaJesús Valderrama 24 May, 2025

El Tribunal Supremo limita a seis meses la suspensión de pensión por condena penal

Una reciente sentencia del Tribunal Supremo establece que la suspensión del derecho a percibir una pensión de jubilación, impuesta como pena accesoria, no puede exceder de seis meses. La resolución protege el carácter contributivo de la pensión y pone límites a la actuación de la Administración tras una condena penal.

En esta noticia te explicamos de forma clara en qué consiste este fallo, qué dice el Código Penal y cómo afecta a los derechos económicos de las personas condenadas. Además, respondemos a las preguntas más habituales y te orientamos si necesitas reclamar.

¿Qué ha pasado en este caso?

Un funcionario público fue condenado penalmente por hechos cometidos durante el ejercicio de su cargo. Junto a la pena principal, se le impuso como pena accesoria la suspensión del cobro de su pensión de jubilación.

El Alto Tribunal, en unificación de doctrina, resuelve que dicha suspensión no puede aplicarse de forma indefinida y que debe respetar el límite temporal previsto en el artículo 48 del Código Penal: máximo seis meses.

✅ Claves de la sentencia

  • Las pensiones contributivas no son subvenciones, sino derechos consolidados.
  • Una condena penal puede limitar temporalmente el cobro, pero no eliminarlo indefinidamente.
  • El Código Penal establece un límite de seis meses para la suspensión como pena accesoria.
  • La sentencia refuerza la seguridad jurídica de las personas pensionistas ante la Administración.

¿Qué cambia a partir de ahora?

Esta sentencia afecta a todas aquellas personas que estén percibiendo una pensión de jubilación y sean condenadas penalmente. No se les podrá suspender el cobro por más de seis meses, ni siquiera como parte de la pena.

🔹 ¿Y si ya se ha suspendido indebidamente?

  • La persona afectada puede recurrir la resolución que prolongue la suspensión.
  • La Administración podría estar obligada a devolver los importes no abonados más intereses.
  • Es posible solicitar la revisión del expediente si no se respetó el límite legal.

📌 Recomendaciones legales

  • Documentar cualquier decisión administrativa que afecte al cobro de pensiones.
  • Solicitar copia del expediente sancionador o penal en el que se base la medida.
  • Contactar con asesoría jurídica especializada si la suspensión supera los seis meses.

Conclusión

Este nuevo pronunciamiento del Tribunal Supremo pone límite a los efectos de las penas accesorias sobre las pensiones públicas. A partir de ahora, ni siquiera una condena penal puede justificar la pérdida indefinida del derecho a percibir la pensión de jubilación.

Si necesitas reclamar la recuperación de tu pensión o impugnar una resolución administrativa que excede este límite, en Abogados Valerma te ayudamos. Nuestro equipo analiza tu caso y te acompaña en todo el proceso.